Transparencia Legal

Legalidad y Cumplimiento Normativo

Conoce el marco regulatorio que rige el uso y acceso al cannabis medicinal en Chile.

Importante: La información aquí presentada es una guía informativa general y no constituye asesoría jurídica profesional. El marco regulatorio y legal puede actualizarse. Para consultas legales específicas, consulte directamente fuentes oficiales del Estado de Chile o a un profesional calificado.

Marco Legal en Chile

Asociatividad y Salud

La asociatividad para la protección colectiva de la salud es un derecho constitucional. Experiensativa se establece bajo el marco de corporación sin fines de lucro para abastecer, de forma responsable y regulada, el cannabis medicinal requerido para los tratamientos de nuestros socios debidamente autorizados.

Decreto 84, MINSAL (2015)

Este decreto reglamentario incorpora formalmente al Cannabis (sumidades floridas o resina) al listado de sustancias permitidas para el arsenal terapéutico médico en el país, autorizando su uso y expendio en recetas médicas retenidas y controladas.

Decreto 1524, Min. Interior

Modificó las listas reglamentarias de sustancias controladas, moviendo la planta de cannabis y sus extractos a la Lista II de Estupefacientes. Esto facultó formalmente el uso científico, investigación académica y formulación magistral del cannabis en tratamientos de salud.

Ley 20.000 (Art. 8 Modificado)

El uso médico personal del cannabis se encuentra resguardado por el artículo 8 de la Ley 20.000. La ley establece que contar con una receta médica emitida por un médico tratante calificado constituye justificación legal suficiente para el cultivo, porte y consumo de cannabis.


Derechos del Paciente

Conoce los resguardos y derechos legales vigentes para todos los usuarios de cannabis medicinal en Chile.

Si cuentas con una receta médica válida emitida por un médico cirujano habilitado en Chile que prescriba un tratamiento con cannabis, tienes derecho a:
  • Porte y Transporte: Puedes transportar las dosis prescritas que correspondan a tu tratamiento siempre portando tu receta médica física o digital.
  • Consumo Terapéutico: Consumir tu dosis de acuerdo a la prescripción médica, de forma responsable e informada.

La Ley 20.000 resguarda el cultivo personal de cannabis destinado al tratamiento médico de la persona que lo cultive, siempre justificado por una receta médica vigente.
  • El autocultivo debe ser proporcional en volumen a la dosis diaria recomendada en la receta y destinado a consumo próximo en el tiempo.
  • Se recomienda mantener copias impresas de tu receta médica e historial clínico en el lugar del cultivo.

Como paciente clínico, tienes derecho a recibir información detallada sobre tu tratamiento:
  • Información clara sobre los beneficios terapéuticos, posibles efectos secundarios y dosificaciones.
  • Derecho a la confidencialidad de tu ficha médica y de tu condición de paciente, bajo la ley de derechos del paciente.

Tienes derecho a asociarte formalmente con otras personas con el fin de proteger colectivamente tu bienestar y salud. Esto respalda la formación de clubes o asociaciones de pacientes autorizados para el cultivo colectivo controlado.